
Servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE

En el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se ofrecen servicios condicionados de atención obstétrica para mujeres que concibieron un hijo con un trabajador, extrabajador en continua voluntaria o en conservación de derechos o pensionado directo, sin ser su cónyuge o concubina. Si te encuentras en esta situación, aquí te brindamos toda la información necesaria para que puedas realizar este trámite de forma eficiente.
- Documentos necesarios
- Costos
- Opciones para realizar tu trámite
- Conclusión
- Preguntas frecuentes
- ¿Qué son los servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE?
- ¿Cuál es el costo de los servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE?
- ¿Qué debo hacer si los documentos que necesito presentar están expedidos en el extranjero?
- ¿Qué debo hacer si no puedo presentar alguno de los documentos requeridos?
Documentos necesarios
Para poder realizar el trámite de servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE es necesario contar con los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente de quien realiza el trámite (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula Profesional): deberá presentar una copia y el original.
- Certificado Médico de diagnóstico positivo de gravidez, emitido por el área médica del ISSSTE: deberá presentar el original.
- Copia certificada del Acta de Nacimiento de la mujer a quien se le brindará los servicios: deberá presentarse una copia y el original.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) de la mujer a quien se le brindará los servicios: deberá presentarse una copia.
- Escrito del trabajador o pensionado directo manifestando que se encuentran libres de matrimonio y que dicha mujer no tiene por sí misma derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en la Ley del ISSSTE o a otro similar en materia de servicios de salud, otorgado por cualquier otro instituto de seguridad social: deberá presentarse el original.
- Carta compromiso de pago de los servicios prestados, en caso de no registrar al recién nacido (dentro de los 60 días posteriores al nacimiento) por parte del trabajador o pensionado directo: deberá presentarse el original.
Es importante destacar que los documentos deben presentarse sin alteraciones, tachaduras o enmendaduras. Si los documentos son expedidos en el extranjero, deberán ser traducidos al español y apostillados o legalizados.
Costos
El costo del trámite de servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE es gratuito.
Opciones para realizar tu trámite
- Presencial: El trámite se puede realizar en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE y/o Área Técnica en las Clínicas de Medicina Familiar del ISSSTE más cercana a tu domicilio.
Conclusión
Con los documentos mencionados y las opciones para realizar el trámite, podrás obtener los servicios condicionados de atención obstétrica que necesitas en el ISSSTE de manera sencilla. Esperamos que esta información te sea útil y puedas resolver tus dudas sobre este trámite.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE?
Los servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE son aquellos que se brindan a mujeres que concibieron un hijo con un trabajador, extrabajador en continua voluntaria o en conservación de derechos o pensionado directo, sin ser su cónyuge o concubina.
¿Cuál es el costo de los servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE?
El costo de este trámite es gratuito.
¿Qué debo hacer si los documentos que necesito presentar están expedidos en el extranjero?
En caso de que los documentos necesarios estén expedidos en el extranjero, deberán ser traducidos al español y apostillados o legalizados.
¿Qué debo hacer si no puedo presentar alguno de los documentos requeridos?
Es indispensable presentar todos los documentos requeridos para poder realizar este trámite en el ISSSTE.
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