
Recuperación de los bienes embargados por el IMSS, dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución

Si has sido embargado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como parte del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), pero ya realizaste el pago correspondiente o existe un mandato de autoridad competente y deseas recuperar tus bienes, has llegado al artículo adecuado. A continuación, te explicaremos los requisitos necesarios para realizar la solicitud de devolución de tus bienes embargados.
Documentos necesarios
Para poder solicitar la devolución de tus bienes embargados, necesitarás presentar los siguientes documentos:
Escrito de solicitud de la devolución de los bienes embargados
El escrito de solicitud de la devolución de los bienes embargados deberá contener la siguiente información:
- Nombre, denominación o razón social del solicitante
- Domicilio fiscal manifestado al Registro Federal de Contribuyentes y, en su caso, domicilio patronal
- Clave de Registro Federal de Contribuyentes
- Clave de Registro Patronal
- Autoridad a la que se dirige
- Propósito de recuperar los bienes embargados
Este documento deberá ser original.
Identificación oficial vigente del patrón o representante legal
Además del escrito de solicitud, deberás presentar tu identificación oficial vigente. En caso de ser un representante legal, deberás presentar tanto tu identificación como el instrumento jurídico que acredite tu personalidad.
En su caso, la factura que acredite la propiedad de los bienes embargados
Si tienes la factura que acredita la propiedad de los bienes embargados y te encuentras en posesión de ella, deberás presentarla en original.
Costos
El trámite de solicitud de devolución de bienes embargados es gratuito.
Opciones para realizar tu trámite
Actualmente, solo existe la opción de realizar el trámite de forma presencial, acudiendo a la oficina para Cobros de la Subdelegación que haya generado la extracción de bienes. El horario disponible para realizar el trámite es de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 08:00 a 15:30 horas.
Conclusión
Recuperar tus bienes embargados por el IMSS mediante un procedimiento administrativo puede ser complicado, pero siguiendo los requisitos y opciones de trámites adecuados puedes hacerlo de manera sencilla. Esperamos que este artículo haya sido útil para ti. Si te quedó alguna duda, no dudes en consultar la sección de Preguntas Frecuentes o comunicarte directamente con la oficina para Cobros de la Subdelegación correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la devolución de mi bien embargado si aún no he realizado el pago correspondiente?
No, deberás realizar el pago correspondiente antes de poder solicitar la devolución de tus bienes embargados.
¿Es necesario presentar la factura que acredita la propiedad de los bienes embargados?
En caso de que cuentes con la factura que acredite la propiedad de los bienes embargados y te encuentres en posesión de ella, deberás presentarla.
¿Puedo realizar el trámite en línea?
Actualmente no existe una opción para realizar el trámite en línea, solo de forma presencial.
Deja una respuesta