Cancelación en el RFC por defunción
La cancelación en el RFC por defunción es un trámite importante que debe realizarse cuando un contribuyente fallece. Esto implica dar de baja su Registro Federal de Contribuyentes para evitar problemas legales y fiscales en el futuro. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber para realizar este trámite de manera correcta y sin complicaciones.
Documentos necesarios
Para realizar este trámite, es necesario contar con los siguientes documentos:
- Forma oficial RX Formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al Registro Federal de Contribuyentes: se debe llenar y presentar en original y copia.
- Acta de defunción expedida por el Registro Civil: se debe presentar original y copia.
- Identificación oficial vigente del tercero interesado: se debe presentar original y copia.
- Acuse de baja del padrón de actividades vulnerables: solo para contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento. Se debe presentar en original.
Costos
El trámite de cancelación en el RFC por defunción es gratuito.
Opciones para realizar tu trámite
Existen dos opciones para realizar este trámite:
- Citas por Internet: puedes agendar una cita en línea a través del siguiente enlace: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx
- Presencial: puedes realizar el trámite de manera presencial en los Módulos de Servicios Tributarios.
Conclusión
Realizar la cancelación en el RFC por defunción es un trámite importante que te ayudará a evitar problemas legales y fiscales. Recuerda contar con todos los documentos necesarios y elegir la opción que mejor se adapte a tus necesidades para realizarlo. Si tienes alguna duda, acércate al Servicio de Administración Tributaria para recibir asesoramiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si no realizo la cancelación en el RFC por defunción?
Si no realizas la cancelación en el RFC por defunción, el fallecido seguirá apareciendo en el Registro Federal de Contribuyentes, lo cual puede generar problemas legales y fiscales en el futuro. Es importante realizar este trámite para evitar cualquier situación desfavorable.
¿Puedo realizar este trámite si soy extranjero?
Sí, los extranjeros pueden realizar el trámite de cancelación en el RFC por defunción si cuentan con los documentos necesarios y cumplen con los requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria.
¿Cuánto tiempo tarda en realizarse este trámite?
El tiempo que tarda en realizarse este trámite dependerá de la opción que elijas para realizarlo (citas por Internet o presencial) y de la carga de trabajo del Servicio de Administración Tributaria en ese momento. En promedio, el trámite suele tardar entre 3 y 5 días hábiles.
¿Puedo realizar la cancelación en el RFC por defunción si no soy familiar del fallecido?
Sí, cualquier tercero interesado puede realizar el trámite de cancelación en el RFC por defunción, siempre y cuando cuente con los documentos necesarios y cumpla con los requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria.
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