
Aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación del servicio

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el encargado de recolectar y administrar las contribuciones fiscales en México. Una de las obligaciones de las personas morales que realizan obras inmobiliarias o prestan servicios turísticos del sistema de tiempo compartido es presentar el aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de las obras o los servicios. En este artículo, conocerás los documentos necesarios para realizar este trámite, los costos involucrados y las opciones disponibles para llevarlo a cabo.
Documentos necesarios
- Manifiesto de la opción de deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación de servicio, en original.
- En su caso, manifiesto de las fechas y números de operación de las declaraciones anuales complementarias presentadas con motivo del ejercicio de opción establecida en la regla 3.3.3.9., de la Resolución Miscelánea Fiscal, en original.
Costos
El trámite es gratuito.
Opciones para realizar tu trámite
En línea: El SAT ofrece la opción de realizar este trámite en línea a través de su sitio web. Para hacerlo, debes contar con e.firma vigente y contraseña.
¿Quiénes deben presentar el aviso de opción?
Las personas morales que realizan obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes, o que celebran contratos de obra inmueble o de fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación. También deben presentar este aviso los prestadores del servicio turístico del sistema de tiempo compartido.
¿Qué es un sistema de tiempo compartido?
Se trata de un modelo de negocio en el que múltiples personas adquieren el derecho de utilizar una propiedad por un período específico de tiempo cada año.
¿Qué son las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de las obras o los servicios?
Se refiere a los gastos que se anticipan al realizar una obra o prestar un servicio. Estos gastos pueden ser directos, como la compra de materiales, o indirectos, como los costos administrativos. El aviso de opción para deducir estas erogaciones permite a las empresas deducir estos gastos en sus declaraciones fiscales.
¿Qué es la e.firma?
Es un certificado digital que permite a los empresarios llevar a cabo trámites fiscales en línea con mayor seguridad. La e.firma es emitida por el SAT.
¿Qué es la contraseña del SAT?
La contraseña del SAT es una clave de acceso que se utiliza para ingresar a los servicios en línea que ofrece el SAT. Es necesaria para realizar trámites fiscales por Internet.
Conclusión
El aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación del servicio es una obligación para las empresas que realizan actividades en el sector inmobiliario y turístico. Conocer los requisitos y opciones para realizar este trámite te permitirá mantener tu negocio en regla y evitar sanciones. No olvides que puedes realizar este trámite en línea, lo que te ahorrará tiempo y esfuerzo.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la obligación de las personas morales que realizan obras inmobiliarias o prestan servicios turísticos del sistema de tiempo compartido?
Estas empresas deben presentar el aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de sus obras o servicios.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cómo puedo realizar el trámite en línea?
Para realizar el trámite en línea, debes contar con e.firma y contraseña vigente y seguir las instrucciones en el sitio web del SAT.
¿Qué es el sistema de tiempo compartido?
Es un modelo de negocio en el que múltiples personas adquieren el derecho de utilizar una propiedad por un período específico de tiempo cada año.
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